MP acusa aToxic Crow de fraude eléctrico por un monto superior al millón de pesos

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Santo Domingo, RD. – El Ministerio Público depositó ante el Juzgado de la Instrucción de Santo Domingo Este, a través de la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico (PGASE), la formal acusación y requerimiento de apertura a juicio en contra de una empresa y cuatro personas que supuestamente sustrajeron energía eléctrica de manera ilícita por un valor superior a los 1.6 millones de pesos.

La solicitud de formal apertura a juicio fue depositada por la fiscalizadora Martha Idalia Florentino, adscrita a la PGASE, en contra de la razón social Mercedes Liriano Auto Detailing S.R.L y de los imputados Engels Luis Alemán Bernabé, Francisco Daniel Mesa Ureña, Agustín Jiménez Camilo, el artista urbano Caonabo Enrique Mesa Ureña, mejor conocido como Toxic Crow, y Marco Lauren Rodríguez por el fraude eléctrico cometido en perjuicio del Estado dominicano y de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste).

La acusación del Ministerio Público establece, que tras realizar un allanamiento en el local, ubicado en la calle Club Rotario, num. 45, Ensanche Ozama, municipio Santo Domingo Este, donde se encuentra la razón social Mercedes Liriano Auto Detailing, S.R.L. (Paris Bar & Lounge / Paris Auto Spa) se pudo constatar la existencia de un fraude eléctrico consistente en manipulación de la medición eléctrica de dicho local.

El contrato demuestra que la empresa Mercedes Liriano Auto Detailing, S.R.L., debidamente representada por Engels Luis Alemán Bernabé, arrendó a los imputados Francisco Daniel Mesa Ureña, Agustín Jiménez Camilo y Marco Lauren Rodríguez, evidenciando así, que tanto el arrendador como los arrendatarios y el fiador solidario se beneficiaron de la sustracción de la energía de manera ilegal.

Los acusados sustrajeron la cantidad de 184,088.00 KWH de energía, con un valor monetario de RD$1,691,768.72, constituyendo estas acciones una infracción penal grave, tipificada como fraude eléctrico, según lo establecido en los artículos 125, literal A; 125-2, literal A, numeral 3; 125-7, párrafo III; y 125-9, numerales 6 y 7, de la Ley General de Electricidad 125-01, modificada por la Ley 186-07.

La actuación de los imputados también constituye una asociación de malhechores, la cual está tipificada y sancionada en los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano.

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